Derecho de asilo
El derecho de asilo aparece recogido en el art铆culo 14 de la Declaraci贸n Universal de los Derechos Humanos:
14.1. En caso de persecuci贸n, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de 茅l, en cualquier pa铆s.
14.2. Este derecho no podr谩 ser invocado contra una acci贸n judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los prop贸sitos y principios de las Naciones Unidas.
El derecho al asilo est谩 sujeto a la interpretaci贸n de los estados ‘de recepci贸n’. Son los estados los que otorgan o no este estatus a las personas que lo demandan.
Hay instrumentos internacionales que regulan el derecho al asilo; por ejemplo, la Convenci贸n sobre el Estatuto de los Refugiados, el Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados, la Convenci贸n internacional sobre la protecci贸n de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familias, la Convenci贸n para reducir los casos de apatridia o la Convenci贸n sobre el Estatuto de los Ap谩tridas.
Se han realizado numerosas denuncias, tanto desde las Naciones Unidas como desde diferentes ONG, sobre las p茅simas condiciones de detenci贸n de las personas que reclaman asilo, as铆 como sobre la necesidad de establecer medidas reales y pr谩cticas orientadas a eliminar el racismo, la discriminaci贸n racial, etc., contra aquellas personas que no son nacionales, que buscan refugio y asilo.
En septiembre de 2015, las Naciones Unidas adoptaron la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, que establece 17 objetivos para erradicar la pobreza, proteger el planeta y avanzar en la protecci贸n de los derechos humanos de todas las personas en todo el mundo.
El Objectiu 10 se dirige a la reducci贸n de las desigualdades e incluye entre sus metas:
10.7 Facilitar la migraci贸n y la movilidad ordenadas, seguras, regulares y responsables de las personas, incluso mediante la aplicaci贸n de pol铆ticas migratorias planificadas y bien gestionadas.