Derecho de asilo

Fuentes de información para proyectos de educación en derechos humanos y ciudadanía global.
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Organismos gubernamentales

A nivel internacional

  • Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR / UNHCR en sus siglas en inglés). Tiene el mandato de dirigir y coordinar la acción internacional para la protección de los refugiados a nivel mundial. Su objetivo principal es salvaguardar los derechos y el bienestar de los refugiados, garantizar que todos puedan ejercer el derecho a solicitar asilo en otro Estado y a disfrutar de él, e identificar soluciones duraderas para los refugiados, tales como la repatriación voluntaria en condiciones dignas y seguras, la integración en la sociedad de acogida o el reasentamiento en un tercer país.
  • Organización Internacional para las Migraciones (IOM en sus siglas en inglés). Como principal organización internacional para las migraciones, trabaja para: ayudar a encarar los crecientes desafíos que plantea la gestión de la migración a nivel operativo; fomentar la comprensión de las cuestiones migratorias; alentar el desarrollo social y económico a través de la migración; y velar por el respeto de la dignidad humana y el bienestar de los migrantes.
    • Displacement Tracking Matrix (DTM). Portal de información interactiva del IOM que rastrea y muestra los flujos de desplazamiento y migración. Incluye datos de desplazamiento de 30 países en un esfuerzo para fortalecer las respuestas humanitarias y proporcionar un uso más responsable de los datos.
  • European Migration Network. Red europea de migraciones creada en el marco de las instituciones de la Unión Europea, que tiene por objetivo atender las necesidades de información de las instituciones comunitarias, los estados y la ciudadanía sobre la migración y el asilo.
  • European Migrant Smuggling Centre (EMSC). Centro de la EUROPOL cuyo objetivo es ayudar a los Estados miembros de la UE a identificar y desmantelar las redes delictivas involucradas en el tráfico de personas migrantes.

A nivel estatal y autonómico

  • Gobierno Español. Ofrece información relacionada con los trámites y procedimientos en materia de extranjería, su normativa, programas de inclusión y, en general, cuestiones de interés para los inmigrantes en España.
  • Generalitat de Catalunya. Trabaja para denunciar, prevenir y erradicar la vulneración de derechos provocada por el racismo estructural; para incorporar la mirada transversal e interseccional de las personas racializadas, migradas y/o refugiadas en las políticas públicas, y para acompañar a las personas migradas a la hora de garantizar la igualdad de trato y el derecho a vivir con dignidad, seguridad y autonomía. Existe el Comité para la Acogida de las Personas Refugiadas (creado en septiembre de 2015).
  • Ayuntamiento de Barcelona. No tiene competencias en materia de asilo, pero desde 1989 el Servicio de Atención a Inmigrantes, Emigrantes y Refugiados (SAIER) (que gestiona el consistorio con algunas entidades sociales) da apoyo y asesoramiento a las personas refugiadas, y se hace cargo de las necesidades básicas y la atención de los casos de mayor vulnerabilidad hasta que pueden acceder al programa de acogida estatal. Igualmente, en septiembre de 2015 el Ayuntamiento puso en marcha el plan «Barcelona, ciudad refugio», con el objetivo de preparar la ciudad para acoger, asistir, proveer los servicios necesarios y garantizar los derechos de las personas refugiadas.

ONG y movimientos sociales

  • Amnistía Internacional. Movimiento mundial, democrático e independiente que actúa en casi todos los países del mundo para que todas las personas puedan disfrutar de sus derechos humanos. Uno de sus objetivos es la defensa de las personas migrantes, solicitantes de asilo, refugiadas, desplazadas o víctimas de trata, así como de la población civil en los conflictos armados. Elabora informes, artículos y materiales didácticos, y realiza campañas de sensibilización, información y presión.
  • Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y la Media Luna Roja. Lleva a cabo operaciones de socorro para ayudar a las víctimas de catástrofes y combina esa actividad con el fortalecimiento de la capacidad de sus Sociedades Nacionales miembros. La labor de la Federación se centra en cuatro áreas esenciales: promoción de los valores humanitarios, intervención en casos de desastre, preparación para desastres y salud y asistencia en la comunidad.
  • Médicos Sin Fronteras. Organización de acción médico-humanitaria que asiste a personas amenazadas por conflictos armados, violencia, epidemias o enfermedades olvidadas, desastres naturales y exclusión de la atención médica.
  • European Council on Refugees and Exile (ECRE). Alianza paneuropea formada por 81 ONG que tiene como objetivo la protección y mejora de los derechos de las personas refugiadas, de las personas demandantes de asilo y de las personas desplazadas. En su página web se halla información sobre la Red Elena, una red a nivel europeo que tiene por objeto la promoción de los derechos humanos en el tratamiento de las personas refugiadas, solicitantes de asilo…
  • ACCEM. Organización sin ánimo de lucro que tiene la misión de defender los derechos fundamentales, la atención y el acompañamiento de las personas que se encuentran en riesgo de exclusión social. Se ha especializado en refugio y migración, y trabaja a favor de la inclusión de las personas, en busca de la igualdad de derechos, deberes y oportunidades.
  • Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR). La misión de CEAR es defender y promover los Derechos Humanos y el desarrollo integral de las personas refugiadas, apátridas y migrantes con necesidad de protección internacional y/o en riesgo de exclusión social. Proporciona atención directa e integral a las personas refugiadas en diversos ámbitos: desde la acogida, la inserción laboral y la atención psicosocial, hasta la defensa jurídica y la denuncia para avanzar en el reconocimiento de los derechos de las personas refugiadas. Entre sus publicaciones, hay informes anuales, recopilaciones de cifras, artículos y otros documentos sobre los derechos de las personas migrantes en todo el mundo.
  • Comisión Catalana de Ayuda al Refugiado (CCAR). CCAR tiene como objetivos la defensa del derecho de asilo y los derechos de las personas refugiadas e inmigrantes. Cuestiona la pretendida voluntariedad de las migraciones y quiere abrir un debate sobre las formas de persecución y vulneraciones de derechos humanos que necesitan algún tipo de protección. En su página web se pueden consultar publicaciones, artículos, informes anuales…
  • Stop Mare Mortum. Plataforma de entidades que denuncia y condena el “genocidio migratorio” que están convirtiendo el mar Mediterráneo en un cementerio de personas que huyen de conflictos armados y de la precariedad de sus países de origen.
  • Fundación ACSAR. Su razón de ser es transformar la praxis y la asistencia directa en materia de asilo y refugio en conocimiento y aprendizaje, con el fin de contribuir a la reflexión y el debate sobre los fenómenos de movilidad internacional y de diversidad y cohesión social. Su objetivo último es contribuir a la construcción de una sociedad plural y diversa a la vez que promover la igualdad de derechos de ciudadanía.
  • SOS Racismo. ONG que realiza campañas de sensibilización y elabora materiales pedagógicos sobre el racismo. Tiene un centro de documentación y una oficina de información y denuncias (que aporta apoyo psicológico, asesoramiento jurídico, etc.). Es de especial interés su informe anual sobre el racismo en España.
  • Caminando Fronteras. Colectivo de defensa de los derechos de las personas y comunidades migrantes en la Frontera Occidental Euroafricana. Denuncia las fronteras como espacios de impunidad, y lucha por el restablecimiento de los derechos en estos no lugares, tejiendo redes con las personas y comunidades en movimiento.

Centros de investigación

  • Refugee Studies Centre. Centro de estudios del Departamento de Desarrollo Internacional de la Universidad de Oxford que tiene la misión de construir conocimiento y comprensión sobre las causas y los efectos de la migración forzada.
  • Refugee Economics. Proyecto que documenta la vida cotidiana de las personas refugiadas que han de encontrar vías de subsistencia en los campos de refugiados. La documentación se hace mediante la consulta de investigaciones llevadas a cabo por universidades y centros de investigación, y el análisis de las políticas migratorias y los programas de ayuda humanitaria para empoderar a las personas refugiadas. Es de especial interés la Biblioteca, donde podemos encontrar las fuentes originales de artículos, campañas, debates, etc. en las que se basa el proyecto.
  • Colectivo IOE. El Colectivo IOÉ se centra en la investigación del colectivo inmigrante.
  • CIDOB. Centro dedicado a la investigación y análisis de temas internacionales. Dentro de sus áreas de investigación, hay una destinada a las migraciones.
  • Migrar con derechos. Página web coordinada por la Universidad de León que contiene espacios de legislación, jurisprudencia, noticias, impresos y formularios, novedades y bibliografía. Especial atención merece el espacio «Cuadernos de Extranjería», que incluye todas las novedades en materia jurídica a nivel internacional, europeo y estatal.

Informes

Tendencias globales sobre el desplazamiento forzado en el mundo (ACNUR)

Publicación anual con gráficos, textos e imágenes que analizan el desplazamiento forzado global.

Informe anual de CEAR sobre las personas refugiadas en España (y Europa)

Informe que describe la situación de las personas solicitantes de asilo, refugiadas y sin protección internacional en España (y, a partir de 2015, también en Europa).

Normativa

Internacional

Europea

  • Reglamento (UE) nº 604/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo. Llamado Reglamento Dublín III, este documento establece los criterios a seguir para determinar cuál es el estado europeo responsable de examinar la solicitud de protección internacional que se solicita en algún estado miembro de la Unión Europea por parte de una persona nacional de un estado NO miembro de la UE o por un/a apátrida.

El criterio general es que la solicitud de protección internacional la examinará el estado miembro responsable donde primero se haya presentado esta solicitud (art. 3.2). Se aplica este criterio en caso de que no concurran ninguno de los criterios específicos (art. 7 y siguientes). Todos los estados miembros tienen la posibilidad de enviar a una persona solicitante de asilo a un tercer país seguro (art. 3.3).

  • Directiva 2013/32/UE. El artículo 38 establece los requisitos para considerar un tercer país «seguro».

Española

  • Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria. Ley desarrollada en base al art. 13.4 de la Constitución Española. Establece que el derecho de asilo se concede a personas nacionales NO comunitarias y personas apátridas a las que se haya reconocido la condición de refugiadas (art. 2). Esta condición se reconoce a la persona que tiene fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a un determinado grupo social, género u orientación sexual, que se encuentra fuera de su país y por este temor fundado no quiere volver (art. 3). Las causas de exclusión o denegación se especifican en los artículos 8 y 9.
  • Más información sobre legislación (CCAR). Incluye documentos sobre el marco jurídico de las personas refugiadas (general, de la Unión Europea y de España), materiales teóricos y de participación y recursos sobre persecuciones religiosas.

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